Duplicación de la última cuota del Impuesto Inmobiliario: quiénes la pagan y por qué
- REDACCIÓN
- 20 nov 2025
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La última cuota del Impuesto Inmobiliario –tanto del Urbano Edificado como del Rural- se paga el doble para los propietarios de mayor valuación fiscal.
- Urbano Edificado: el recargo se aplica cuando la base imponible supera los $31.465.000. Afecta al 8,72 % de las 5 335 124 partidas, es decir, a 465 338 inmuebles.
- Rural: el umbral está en $39.096.756 de tierra libre de mejoras. En este caso el recargo alcanza al 12,01 % del universo, o 37 433 de 311 635 partidas.
¿Por qué se mantiene el adicional?
El recargo fue creado por la Ley Impositiva 2024, aprobada en 2023 con apoyo oficialista y de parte de la oposición. Originalmente pensado para un solo año, sigue vigente porque la Legislatura no aprobó el proyecto de presupuesto que lo eliminaba y la norma fue prorrogada. Tampoco figura en los proyectos para 2025‑2026, que aún se discuten en el parlamento provincial.
Topes y límites del recargo
- Urbano Edificado: el adicional no puede superar el *20 %* del impuesto anual determinado.
- Rural: el tope máximo es del 25 % sobre el impuesto liquidado.
Estos límites hacen que la cuota extra sea exactamente igual a la última cuota ordinaria, de ahí la “duplicación”.
Cómo saber si tu partida tiene el adicional
ARBA habilitó la Consulta Inmobiliario Adicional en su portal:
*Excepciones y bonificaciones
Los productores que cuenten con exención total o parcial por emergencias agropecuarias reciben un descuento proporcional en la cuota extra. Además, siguen vigentes:
- Bonificación de hasta 10 % para pagos en tiempo y con débito automático.
- Bonificación por pago anual, aplicable también al recargo.
Fechas clave y beneficios vigentes
- Urbano Edificado (cuota 5): vencimiento reprogramado al 25 de noviembre de 2025.
- Rural (cuota 4 2025): vencimiento prorrogado al 18 de diciembre de 2025.
Con estos datos, los contribuyentes pueden planificar su presupuesto y aprovechar las bonificaciones disponibles.









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